¿Cambiaste de régimen?
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Resuelve tus dudas
¿Qué es movilidad?
Es el derecho que tiene el afiliado de cambiar de régimen subsidiado hacia el régimen contributivo y viceversa, en el momento que cambien sus condiciones socio económicas. Sin que exista interrupción en la afiliación, ni cambio de EPS. Derecho que ejerce desde el 28 de junio de 2014, mediante el decreto 3047 de 2013.
¿A qué personas aplica la movilidad?
Está dirigido para los afiliados al Régimen Subsidiado y Régimen Contributivo focalizado en los niveles I y II del Sisbén.
¿Cómo opera la movilidad en el caso de estar afiliado al Régimen Subsidiado y adquirir capacidad de pago o vinculación…?
Las personas afiliadas al Régimen Subsidiado que adquieran capacidad de pago y que estén en la obligación de afiliarse en el Régimen Contributivo se mantienen en la misma EPS y recibirán todos los beneficios junto con su núcleo familiar.
¿Qué trámite debo realizar para hacer efectiva la movilidad?
Descarga el formulario haciendo click aquí.
¿Cómo realizar los aportes al Régimen contributivo de los afiliados que pertenecen a Coosalud EPS?
- Los aportes deberán ser liquidados a través de la planilla PILA, teniendo en cuenta las fechas establecidas en el decreto 1670 de 2017.
- Para el caso de los dependientes, el empleado asume el 4% y el empleador el 8.5%.
- Para el caso de los independientes, estos deberán asumir el 12.5%.
- Los pensionados cotizan sobre el 12%.
¿Si el afiliado está en el Régimen Contributivo y pierde capacidad de pago, ¿cómo ingresa al Régimen Subsidiado?
- En el caso de que el afiliado se encuentre previamente clasificado en el nivel I y II del Sisbén, podrá pasar al Régimen Subsidiado de la misma EPS donde se encuentra afiliado, sin perder la continuidad en la prestación del servicio, diligenciando el formulario y direccionándolo a la sucursal más cercana.
- En el caso de que no se encuentre clasificado en el nivel I y II del Sisbén deberá solicitar la aplicación de la encuesta Sisbén a Planeación Municipal o Distrital.
¿Las EPS del Régimen Subsidiado deben reconocer prestaciones económicas a las personas que tengan afiliadas en el R. Contributivo?
Sí. Las EPS del régimen subsidiado que en el marco de la movilidad garanticen la prestación de servicios a los afiliados al régimen contributivo, reconocerán y pagarán el valor de las incapacidades por enfermedad general, licencias de maternidad y paternidad, de conformidad con las normas vigentes.
¿A qué personas aplica la movilidad?
Está dirigido para los afiliados al Régimen Subsidiado y Régimen Contributivo focalizado en los niveles I y II del Sisbén.
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Coosalud celebra su aniversario número 25 y lo hace mientras atraviesa por uno de sus mejores momentos. Luego de su nacimiento en la zona suroriental de Cartagena, gestionada por la propia comunidad, hoy se consolida como una empresa nacional que crece y que continúa sus planes de expansión ya no solo en el sector salud donde se destaca como una de las EPS más fuertes y con más afiliados, sino en otros sectores como el financiero, la educación y el turismo, entre otros.
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